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 issue28Domingo, Rafael (ed), Juristas Universales (Madrid - Barcelona, Marcial Pons Ediciones Jurídicas y Sociales, S.A., 2004), 4 tomos, 630, 1007, 1092 y 864 págs.Domingo, Rafael, Ex Roma ius (The Global Law Collection, Pamplona, Navarra, España, Editorial Thomson-Aranzadi S.A., 2005), 178 págs. author indexsubject indexarticles search
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Revista de estudios histórico-jurídicos

Print version ISSN 0716-5455

Rev. estud. hist.-juríd.  no.28 Valparaíso  2006

http://dx.doi.org/10.4067/S0716-54552006000100029 

 

Revista de Estudios Histórico–Jurídicos 2006, XXVIII, 671 – 675

RECENSIONES Y RESEÑAS

 

Domingo, Rafael, Álvaro d’Ors: Una aproximación a su obra (Pamplona, Navarra, España, Editorial Thomson–Aranzadi S.A., 2005), 128 págs.


Romanista, papirólogo y epigrafista. Traductor, teórico del Derecho y pensador político. Canonista, foralista y universitario. Álvaro d’Ors es, sin duda, una de las cumbres del pensamiento español contemporáneo. Miembro de una estirpe de intelectuales y artistas, este icono del Derecho Global encarna lo mejor de una casta de Juristas que renovaron con decidida impronta el panorama ius–filosófico del tempestuoso siglo XX.

Es tal la magnitud de su obra – desarrollada en sesenta fecundos años de erudita reflexión – que era imprescindible un estudio serio que detallara las claves conceptuales de su pensamiento. Este es el mérito fundamental del libro del Catedrático de la Universidad de Navarra y Director de la Cátedra Garrigues de Derecho Global, Rafael Domingo. En efecto, el Profesor Domingo, discípulo del insigne romanista y heredero de la Cátedra de Derecho Romano de Don Álvaro por más de veinte años, analiza exhaustivamente la obra de su Maestro presentándonos de manera esquemática los principales aportes del genio orsiano al Derecho, a la Política y a los estudios clásicos.

Como romanista d’Ors alcanzaría la cumbre de su labor académica e intelectual. Sus Presupuestos críticos para el estudio del Derecho Romano (Salamanca, 1943) señalarían el rumbo de la moderna romanística española y junto con el libro de su hijo Xavier d’Ors, Posiciones programáticas para el Estudio del Derecho Romano (1979), conformarían las obras directrices de lo que Rafael Domingo denomina la Escuela Compostelana de Derecho Romano, caracterizada por priorizar la investigación en la crítica palingenésica y en el sistema de acciones, consideradas por d’Ors como "el acto jurídico por excelencia". Don Álvaro realizaría otros aportes fundamentales al estudio del Derecho Romano como su Teoría del Creditum o su moderna edición del Código de Eurico (1960) resultado del interés orsiano por las fuentes jurídicas visigodas. Su libro Elementos de Derecho Privado Romano (1960), cuya tercera edición data de 1992 y su manual de Derecho Privado Romano, que alcanzó las diez ediciones en el año 2004, se han convertido en obras de referencia mundial para alumnos y catedráticos que se adentran en el estudio del Derecho Romano.

Álvaro d’Ors se inició en la papirología –y con él la academia española– con la redacción de su tesis doctoral, leída en Madrid en 1941, sobre la Constitutio Antoniana, edicto de Caracala del año 212, por el que se extendió la ciudadanía a todos los súbditos libres del Imperio. En el curso académico 1945–46, d’Ors dictó doce lecciones sobre papirología en la Facultad de Filosofía de la Universidad de Santiago de Compostela, publicadas luego en el libro Introducción al estudio de los documentos del Egipto romano (1948). Estos tempranos escritos orsianos serían pioneros y fundamentales para el desarrollo de la ciencia papirológica en la península. Señalado el derrotero, d’Ors abandonaría por muchos años los estudios papirológicos para retomarlos al final de su vida con un interesante estudio sobre la cura minorum del Papiro Oxyrhyncus 4435 en relación con P. Oxy. 1020.

La importante aportación de d’Ors a la epigrafía jurídica se inicia con el estudio y publicación de los once fragmentos de bronce encontrados en un olivar en El Rubio (cerca de Osuna, Sevilla) hacia 1925. Los Bronces de El Rubio contenían parte de la lex Ursonensis o lex coloniae Genetivae Iuliae, es decir, de fragmentos de la ley para la colonia de Urso (hoy Osuna, Sevilla). Su trabajo cumbre en esta disciplina científica es la Epigrafía Jurídica de la España Romana (1953), imprescindible obra de consulta para los especialistas en la materia. Destacan también sus estudios sobre el conjunto epigráfico del Museo Arqueológico de Linares, sus páginas sobre las inscripciones romanas de Galicia y sus escritos sobre la Ley Flavia Municipalis, el Bronce de Contrebia y el Bronce de Alcántara. Las crónicas orsianas sobre congresos epigráficos internacionales y las reseñas críticas sobre Epigrafía jurídica griega y romana publicadas durante casi veinte años (1950–1971) en Studia et Documenta Historiae et Iuris de la Pontificia Universidad Lateranense de Roma son el resultado de eruditas investigaciones de d’Ors en la Biblioteca del Instituto Arqueológico Alemán, realizadas mientras era Director del Istituto Giuridico Spagnolo de Roma.

Como traductor d’Ors dirigiría excelentes ediciones de las Instituciones de Gayo, los diálogos ciceronianos Las Leyes (1953) y La República (1984), el Código de Eurico (1960) y la Lex Irnitana (1988). Sin embargo su traducción del Digesto de Justiniano (1968–1975) publicado en tres volúmenes por la editorial Aranzadi, sería su mayor logro en este rubro.

En tanto teórico del Derecho d’Ors sintetizaría sus aportes más importantes en su Nueva introducción al estudio del Derecho (1999). Sin embargo, otros escritos fundamentales para comprender la impronta de d’Ors en la teoría del Derecho son: Principios para una teoría realista del Derecho (1953), Escritos varios sobre el Derecho en crisis (1973), especialmente el artículo del Capítulo V titulado Derecho es lo que aprueban los jueces (1970), la Prelección Jubilar (1985) leída en la Universidad Santiago de Compostela, su Retrospectiva de mis últimos XXV años (1993), su libro Derecho y Sentido Común (1999) y sus Claves conceptuales (1996) y Apostillas a las Claves Conceptuales (2001) escritos fundamentales para dilucidar las dudas que su extenso pensamiento jurídico pudiera inspirar. El personalismo jurídico orsiano –homo homini persona– concibe al Derecho como un juego de posiciones: la posición justa de una persona con respecto a otra. Esta posición, como acertadamente señala el Catedrático Domingo en la introducción del libro, se llama "situación" cuando afecta al Derecho Público y "relación" cuando implica cuestiones de Derecho Privado, que para Don Álvaro, es el "Derecho propiamente dicho". Ya en los años cincuenta d’Ors reafirma esta posición desde una perspectiva judicialista plasmada en su fórmula "Derecho es lo que aprueban los jueces" esto es, la posición justa reconocida por una decisión judicial. Esta definición ya está presente en sus Principios para una teoría realista del Derecho (1953) y luego sería recogida en las distintas ediciones de Una introducción al estudio del Derecho. Antes de su muerte, Don Álvaro ampliaría su definición del Derecho al referirse al contenido de la decisión judicial como un "conjunto de servicios socialmente exigibles" entendiendo el servicio como el "deber de una persona respecto a otra". En este sentido los derechos absolutos serían "deberes de no perturbar determinadas preferencias respecto a las cosas, conforme a un orden socialmente convenido"; y los derechos subjetivos "preferencias personales que los jueces aprueban y defienden". Esta concepción del Derecho facilita su conexión con la Ética, ya que ella se ocupa de los deberes o servicios debidos, que devendrían en jurídicos si son "socialmente exigibles". Para d’Ors, el derecho natural – fundamento de la legitimidad –es el límite del derecho positivo. Como es propio a la naturaleza humana el Derecho Natural es común a la humanidad y es reconocido por el sentido común. A estos interesantes tópicos d’Ors dedicó su libro Derecho y sentido común. Siete lecciones de derecho natural como límite al derecho positivo (1995). Otro aporte fundamental de d’Ors a la teoría del derecho es el rescate de la contraposición romana entre auctoritas o "saber socialmente reconocido" y potestas o "poder socialmente reconocido", binomio ampliamente estudiado por Rafael Domingo en su libro Auctoritas (1999) que lleva a Don Álvaro a sostener que la Jurisprudencia, en tanto expresión de la auctoritas de los juristas, es la fuente primaria y universal de todo Derecho.

El pensamiento político de Álvaro d’Ors estaría determinado por su participación como voluntario requeté en la Guerra Civil española (1936–1939). Profundamente antiliberal, antieuropeísta y antiestatista, d’Ors pertenece a esa colosal generación del tradicionalismo español que iluminó los anaqueles del pensamiento político durante la segunda mitad del siglo XX. Su amistad con el Jurista de Plettenberg, Carl Schmitt, y la influencia de éste en la reflexión política orsiana se materializarían en más de 145 cartas cruzadas entre estos dos genios del pensamiento occidental, recogidas por Montserrat Herrero en su libro Carl Schmitt und Álvaro d’Ors, Briefwechsel (2004) . A pesar de la notable influencia de Schmitt en d’Ors, el pensamiento del Jurista de Navarra acabaría por superar las teorías del alemán en libros como De la Guerra y de la Paz (1954), Ensayos de Teoría Política (1979), La violencia y el orden (1987), La posesión del espacio (1998) y Bien común y enemigo público (2002). Para Don Álvaro, la modernidad enemiga de la Cristiandad surge con la revolución protestante que destruye la unidad de la Iglesia y por ende la de Occidente. La secularización europeísta y el capitalismo consumista –que cosifica a la persona– no son sino ramificaciones del árbol protestante que entroniza al Estado moderno como ente artificialmente edificado para superar las tensiones de las guerras de religión, inexistentes en la católica España. En artículos como Nacionalismo en crisis y regionalismo funcional (1959) o Los pequeños países en el nuevo orden mundial (1963) d’Ors se presenta como un decidido detractor del moderno Estado soberano, artificial y absolutista, por estar basado en la potestad antes que en la autoridad y por entronizar una Ética coactiva que se contrapone al orden moral natural. La defensa de los principios de subsidiariedad y solidaridad se opone a una concepción geopolítica que entroniza al principio de soberanía – poder exclusivo y excluyente – en las relaciones internacionales. Particularmente expresiva es la sustitución que hace d’Ors a la triada revolucionaria de "libertad, igualdad y fraternidad" por una más realista y acorde con el orden natural que defiende la "responsabilidad, legitimidad y paternidad".

El d’Ors canonista esta unido a la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad de Navarra para la que preparó unas lecciones con el título de Introducción civil al Derecho Canónico que aún permanece inédita. Para d’Ors el Derecho Canónico es esencialmente derecho público, fundamentalmente Teología, expresión de la Iglesia viviente antes que Derecho en sí, que para d’Ors está vinculado a conflictos patrimoniales entre personas, es decir, al Derecho Privado. En este sentido, sus artículos publicados en la Revista Argentina La Ley El Nuevo Código de Derecho Canónico, Los principios orientadores del nuevo Código de Derecho Canónico, Las personas jurídicas en el Nuevo Código de Derecho Canónico (1983) e Impubertad y privilegio Petrino (1984) son aportaciones que defienden esta postura. Otras obras fundamentales del d’Ors canonista son Iglesia Universal e Iglesia Particular (1988), Potestad y Autoridad en la organización de la Iglesia (1985) y Los Sagrados Cánones entre el misterio y el Derecho (1987).

Las recopilaciones del Derecho Privado Foral de Navarra iniciadas en 1962 y publicadas entre 1967 y 1971 son el aporte más importante de Don Álvaro al Derecho Foral. En ellas trabajaría al lado de juristas de renombre como Juan García–Granero, Javier Nagore Yárnoz, Jesús Aizpún Tuero, José Javier López Jacoiste, José Arregui Gil, Juan Santamaría Ansa y Francisco Salinas Quijada, entre otros, d’Ors se había convertido en un firme defensor del foralismo en 1947, en un formidable artículo titulado De la prudentia iuris a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y al Derecho Foral en el que defendía los principios de libertad civil, legitimidad familiar y subsidiariedad que, junto con el reconocimiento del Derecho Natural como límite del orden positivo, caracterizan al Derecho Foral. Como acertadamente señala el Profesor Domingo, en la foralidad d’Ors encontró la solución a los problemas del Estado moderno, basado en la excluyente soberanía. d’Ors rescata la importancia de los pueblos unidos por una "decisión histórica de subordinación y protección, de los pueblos con sus reyes, respectivamente" (Derecho y fuero. Lo que Navarra puede enseñar al mundo, 1997, pág. 258).

Álvaro d’Ors concebía el oficio universitario como un verdadero servicio, un apostolado necesario para alcanzar el saber superior, la objetividad, que para d’Ors es la adecuación a la realidad, fin último de la institución universitaria. Nacen así dos obras fundamentales para comprender la idea de servicio defendida por d’Ors Papeles del Oficio Universitario (1961) y Nuevos Papeles del Oficio Universitario (1980) escritas en base a su experiencia en Santiago de Compostela y Navarra respectivamente. Asimismo, su obra en cuatro fascículos Sistema de las Ciencias (1969–1977) refleja su experiencia como bibliotecario general de la Universidad de Navarra. Consciente de la importancia de la experiencia universitaria –verdadera pasión dominante de su vida – d’Ors publicó en 1991 Cartas a un joven estudiante. No contento con ello, su libro Derecho y Sentido Común (1995) fue dedicado a los innumerables alumnos de su medio siglo de docencia ininterrumpida con estos versos en latín: Magistri munus mutatur, imago tamen tollitur.

Rafael Domingo nos entrega un libro fundamental para la comprensión del admirable legado de Don Álvaro d’Ors. La excelente introducción preparada por el Jurista de la Universidad de Navarra nos permite adentrarnos en las claves del pensamiento orsiano con los conocimientos necesarios para un estudio profundo y enriquecedor. La detallada lista de publicaciones (1939–2004), recoge más de ochocientos escritos cuidadosamente separados cronológicamente. En esta magnífica criba realizada por Rafael Domingo, los escritos de d’Ors están clasificados en diversos campos temáticos mediante siglas colocadas al margen izquierdo del número de la publicación, criterio que facilita enormemente la consulta del listado. La relación enumera los trabajos publicados y no aquellos que aún están a la espera de la imprenta, como Introducción civil al Derecho Canónico, Catalipómenos, Veladas Imaginarias, etc. Finalmente, el Profesor Domingo incluye una selección de treinta publicaciones sobre d’Ors – entre libros–homenaje, artículos periodísticos y recensiones – que ilustran al lector sobre la huella imborrable que deja entre nosotros el maestro de la auctoritas, Álvaro d’Ors.


Martín Santiváñez Vivanco

 

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