N.1 2015 - L'accesso alla conoscenza

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El acceso a la información como valor ético en bibliotecas

Margarita Pérez Pulido

Facultad de Ciencias de la Documentación y la Comunicación, Universidad de Extremadura; marga@alcazaba.unex.es

Per tutti i siti web l’ultima consultazione è stata effettuata il 12 maggio 2015.

Abstract

Partendo da una definizione di etica della professione bibliotecaria e dei valori a essa legati di sostenibilità e tra­sparenza, l’articolo approfondisce il concetto di accesso all’informazione come valore etico in biblioteca. L’accesso all’informazione e la capacità di utilizzare le informazioni in modo efficace sono, infatti, elementi chiave per lo sviluppo sostenibile. Tali principi rientrano tra gli obiettivi dell’Agenda dello sviluppo post-2015 dell’ONU. Lo sviluppo sostenibi­le mira a garantire la prosperità socio-economica a lungo termine e il benessere di tutte le popolazioni del mondo. Per raggiungere questo obiettivo, la possibilità per i governi, le comunità locali, la società civile, gli individui di prendere decisioni informate è essenziale.

Nella prima parte dell’articolo viene descritto il concetto di accesso all’informazione e la sua evoluzione nel tempo in una logica comparativa: dal codice deontologico dell’American Library Association (ALA) del 1948 ai più recenti, come quello dell’Associazione italiana biblioteche (AIB) del 1997.

Nella seconda parte, l’articolo affronta nel dettaglio il tema della neutralità del bibliotecario, approfondendo i concetti di imparzialità e oggettività come principi di base della mediazione e il loro ruolo rispetto all’accesso all’informazione.

English abstract

Aim of this article is to analyse the idea of information access as an ethical issue in libraries, starting from a definition of librarians’ professional ethics related to sustainability and openness. Information access and information literacy are, indeed, key factors for a sustainable development. United Nations have included these values in their post-2015 Development Agenda. Sustainable development aims to safeguard a long-term socioeconomic prosperity and well-being of world population. Governments, local communities, civil society and each citizen must be able to make informed decisions, in order to reach this goal.

In the first part, this paper describes the idea of information access and its evolution in time in a comparative way: from the American Library Association Code of Ethics (1948) to the latest, e.g. that of Associazione italiana biblioteche (1997).

In the second part, the article talks about librarian’s neutrality, analysing his/her impartiality and objectivity as key factors for information access.

Introducción

El argumento de este artículo es de contenido ético. Ética como tipo de saber que pretende orientarnos en la creación del carácter de una profesión o de una organización, y el carácter en ética, como dice Ade­la Cortina, supone conocer el fin que perseguimos, los objetivos que pretendemos y los valores, para crear unos hábitos que serán los modos de actuar asumidos por los que forman parte de una profesión u organización concreta. Si el fin es hacer un bien a la sociedad, el carácter estará formado por la inte­racción de los valores que surgen de la actividad y los de la sociedad, y la ética, como filosofía moral, proporcionará criterios y procedimientos para decidir cuáles son los valores y derechos que deben ser res­petados. Bajo la óptica de la ética discursiva o dialó­gica se decide qué normas morales son las correctas partiendo de la convicción de todos los miembros de una profesión u organización, resultado de un diálogo y un acuerdo por consenso que satisfaga los intere­ses de todos los afectados.

Adela Cortina habla también de una ética de mínimos, unos valores morales compartidos para los que forman parte de las profesiones y las organizaciones, basada en una ética cívica al tener en cuenta la moral civil de la sociedad. Esta autora habla de tres elementos que componen la ética cívica: los principios de autonomía, libertad, igualdad, solidaridad, tolerancia activa, justi­cia, responsabilidad social; los derechos humanos, y en tercer lugar, el diálogo. Para las profesiones, la ética cívica constituye la suma de los principios morales in­ternacionales y los valores peculiares de la actividad, y para las organizaciones es el resultado de la espe­cificidad de la actividad y los valores que resulten de la modulación de los mínimos de las actividades. Esto supone profesiones y organizaciones diseñadas desde convicciones morales compartidas y un marco de refe­rencia de actuación común independientemente de las convicciones particulares de cada uno.

La conciencia profesional es una característica de la dimensión ética de la profesión y Vázquez Fernández lo define como:

una dimensión esencial de la conciencia individual que se manifiesta en un comportamiento social responsable acerca de los deberes específicos de una profesión, después de haber internalizado, asumido y personalizado un código ético, mediante un proceso de socialización y de poseer una madurez y equilibrio personal suficientes para estudiar, aplicar y resolver problemas profesionales con la mejor competencia y rectitud posibles.

De ahí que se creen códigos deontológicos, reco­mendaciones que indiquen el estilo propio de cada actividad y quien no lo respete adopte un comporta­miento inmoral, ya que no contribuye al fin que legiti­ma socialmente esa profesión u organización.

Bentham sitúa a la deontología en el ámbito de la ética frente al ámbito del derecho ya que se basa en la libre acción de la persona y no está reglada jurídicamente. Es lo que Vázquez Fernández denomina una actitud humanista, que convierte la actividad profesional en socialmente comprometida, mientras la actitud lega­lista somete al profesional a controles externos pre­establecidos por medio de leyes. Sin embargo este autor considera la deontología una disciplina puente entre ética y derecho que enlaza lo disciplinario con lo orientativo en una simbiosis entre lo personal y lo transpersonal. En deontología los principios y valores se justifican en normas y los códigos deontológicos tienen carácter jurídico-administrativo sobre todo si implica sanción. Ridi añade que la norma deontoló­gica se distingue de la ética porque siempre encuen­tra fundamento en la norma jurídica del ordenamiento de la profesión.

Las leyes son insuficientes para que una sociedad sea justa, no siempre protegen los derechos recono­cidos por una moral cívica, exigen comportamientos a veces injustos que tienen que ser cumplidos. La éti­ca cubre huecos porque la ley es lenta, una conducta ética puede evitar una infracción legal y es propio de sociedades más libres contar con menos leyes. Pourciau al examinar las relaciones entre tecnología, ley y ética afirma que es evidente que la ética juega un papel muy importante en el establecimiento de una infraestructura informacional ya que la ley constituye un factor secundario al tener un carácter geopolítico y no representar uniformidad para una comunidad glo­bal de derechos humanos, de ahí que la ética pueda dictar lo extensible a la comunidad global.

La influencia de la sociedad en las profesiones y or­ganizaciones en la actualidad ha dado lugar a la pre­valencia de un principio ético, el de responsabilidad social, gracias a la relación que tiene con el concepto de sostenibilidad. En la base de la Nueva Agenda de Desarrollo para los objetivos del milenio (2016-2030) se encuentra el acceso a la información para apoyar el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida de las personas. Se fundamenta en la idea de que el desarrollo sostenible busca garantizar la pros­peridad socioeconómica de las personas en cual­quier lugar y para lograrlo es esencial la capacidad para tomar decisiones informadas de los gobiernos, los parlamentarios, las autoridades locales, las comu­nidades y la sociedad civil.

En el documento Discusión sobre gobernanza y ac­ceso a la información, como parte de la Agenda de Desarrollo post 2015 del Grupo Abierto de Trabajo de IFLA, podemos encontrar el acceso a la informa­ción como uno de los principios básicos del nuevo documento de los objetivos de desarrollo sostenible que preceden a la conclusión de los objetivos de de­sarrollo del milenio a finales de 2015. Los nuevos ob­jetivos están siendo discutidos por el Grupo Abierto de Trabajo (OWG) en Desarrollo Sostenible. Aquí se defiende la importancia del acceso a la información como un derecho humano fundamental y el papel de las bibliotecas como único lugar donde las personas acceden a la información en diferentes contextos marginales. El Programa de Naciones Unidas para el desarrollo organizó una reunión sobre transparencia de datos y rendición de cuentas en la Agenda de De­sarrollo post 2015. Se discutió un nuevo marco de desarrollo, la mejora de la recopilación de datos, la formulación de políticas basadas en evidencias y el papel de los intermediarios en el fomento de la trans­parencia. Aquí las bibliotecas han sido reconocidas como actores cruciales en el logro de nuevos objeti­vos de desarrollo sostenible por parte de organismos globales, representantes de los sectores privado, gu­bernamental y sociedad civil.

El acceso a la información como valor ético

El acceso a la información como valor ético se ha encontrado tradicionalmente unido a la libertad inte­lectual. Ridi propone cinco grandes valores identificativos de nuestra profesión: la libertad intelectual, el derecho a la intimidad, la profesionalidad, la pro­piedad intelectual y la responsabilidad social. Como componentes sustanciales de la libertad intelectual se integran la libertad de pensamiento y de expre­sión, la libertad de acceso igualitario e universal a la información, la accesibilidad de los contenidos infor­mativos y la difusión de la alfabetización, la reducción de la brecha digital, la conservación e integridad, la privacidad, la propiedad intelectual y la lucha contra la censura. En su opinión, entre todos estos valores, tradicionalmente los más cultivados han sido el acce­so a la información y la libertad de expresión.

La libertad intelectual es el valor base sobre el cual se sustenta el código de la American Library Association (ALA), primer código deontológico publicado en 1948 como respuesta fundamentalmente a los problemas de censura que la “era McCarthy” y los acontecimien­tos bélicos en Europa estaban produciendo, y surge con la idea de educar para la democracia, ir contra la censura de libros y protegerse de posibles ataques convirtiéndose en una fuerza organizada. Este valor continúa presente en todas las actualizaciones del código de la ALA, y a partir de los años ‘60 se vuelve más expresivo respecto al concepto de libertad inte­lectual como responsabilidad social. En este momen­to es cuando se crean los primeros grupos de presión a favor de las minorías contra la discriminación y que demuestran un serio compromiso con la sociedad. Son los denominados task force, movimientos para proteger las minorías y movimientos para la paz. De los seis puntos de corte aspiracional que componen este código deontológico, cinco de ellos se refieren al valor de la libertad intelectual al exponer que los libros y otros recursos deben ser ofrecidos para el interés de la comunidad y deben presentar todos los puntos de vista, ningún usuario debe ser discriminado siendo denegado su acceso a la biblioteca y los biblioteca­rios deben retar a la censura y cooperar con grupos que se opongan a la libertad intelectual. En la última modificación de este código, realizada en 2008, se puede leer:

1. Proporcionamos el más alto nivel de servicio a todos los usuarios de las bibliotecas a través de los recursos adecuados y organizados de forma útil; políticas de servicio equitativo, acceso equitativo y respuestas amables, precisas y objetivas a todas las solicitudes.

[…]

7. Distinguimos entre nuestras convicciones perso­nales y nuestras responsabilidades profesionales y no permitimos que nuestras creencias personales interfieran con la representación imparcial de los fi­nes de nuestras instituciones o con nuestra misión de garantizar a los usuarios el acceso a nuestros recursos de información.

También en Canadá en los años ‘60 surgen los pri­meros movimientos para la elaboración de legisla­ción a favor del acceso a la información, promulgán­dose la Canadian Bill of Rights con carácter de ley federal que enfatiza los derechos de los ciudadanos a la libertad de expresión y de opinión. En 1976 se aprueba el primer código de ética de la Canadian Library Association basado en cuatro puntos prin­cipales: el acceso a la información, la provisión de servicios bibliotecarios para toda la sociedad, la pro­tección de la privacidad de los usuarios y los biblio­tecarios y el compromiso de respetar la declaración sobre la libertad intelectual promulgada en 1976 y reforzada en años posteriores con el The Access to Information Act en 1982 que modificó la declaración durante los años 1983 y 1985. En ese momento se habían publicado ya varios estudios sobre la historia de la libertad intelectual. El código de deontología de la corporación de los bibliotecarios profesionales de Quebec se publica en 1979 y constituye uno de los mejores ejemplos de código deontológico de tipo educacional. Como parte de las obligaciones con la sociedad, dice que el bibliotecario debe oponerse a toda tentativa de limitar el derecho del individuo a la información. En el capítulo III, referido a los deberes con el cliente, el código dice que el bibliotecario debe ser un agente activo de comunicación absteniéndo­se de ejercer su profesión de forma impersonal. Esto implica el establecer una relación de ayuda entre él mismo y el usuario y practicar la comunicación do­cumental respetando las particularidades del usua­rio. Además, debe evitar proporcionar informaciones incompletas, anticuadas, no verificables, inexactas o partidistas. Antes de expresar opiniones o dar con­sejos, el bibliotecario debe profundizar en el sector del conocimiento relativo al problema documental que se le ha planteado. Y respecto a la independen­cia y actuación desinteresada, «el bibliotecario debe ignorar toda intervención de un tercero que pudiera influir en la ejecución de sus deberes profesionales en perjuicio del usuario».

Desde los años ‘90 IFLA ha trabajado incansablemente a favor de la libertad de expresión y el acceso a la información. En 1997 se crea el Comité para la libertad de acceso a la información y libertad de expresión (FAIFE) y en 1998 se redacta el Memorandum de Riga auspiciado por IFLA, Unesco y el Consejo de Europa. El contenido de este Memorandum se refiere a la necesidad de tener en cuenta la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y la Convención Europea de Derechos Humanos (1950) como base para garantizar el derecho a la libertad de expresión y opinión, el derecho de acceso igualitario para todos a la información, a la preservación de la herencia cultural y a contar con las nuevas tecnologías como medio de difusión de las ideas. En esta reunión se concede importancia a la elaboración de leyes sobre estos contenidos y a crear y respetar códigos deontológicos en aspectos fundamentales relacionados con la no discriminación en el acceso a la información y la obligación de guardar la confidencialidad de los datos. La Declaración de IFLA sobre Bibliotecas y Libertad intelectual elaborada por FAIFE en 1999 supone igualmente un compromiso con la libertad intelectual haciendo énfasis en el libre flujo y defensa del acceso a la información, la resistencia a la censura, la protección de la intimidad de los usuarios y la equidad e imparcialidad en la relación con ellos. En el año 2000 se elaboró un informe que describe la situación en los diferentes países y nos aporta información acerca de la situación general de las bibliotecas y la libertad de expresión, casos específicos de censura, legislación relevante y posición de las asociaciones profesionales incluyendo los códigos de conducta profesional.

De entre los códigos elaborados en los años ‘90, me­rece la pena destacar alguno por sus características peculiares respecto al acceso a la información. El có­digo de Corea, de 1997, desarrolla especialmente el concepto de libertad intelectual como responsabili­dad social, y dice que los bibliotecarios contribuyen al desarrollo de la sociedad democrática en la que la li­bertad y dignidad de la humanidad están aseguradas facilitando el derecho a saber de las personas garan­tizado por la constitución, promoviendo el autoapren- dizaje del pueblo, estableciendo el acceso igualitario a la información y considerándose líderes culturales que abren el conocimiento a la sociedad. Cuando la asociación de bibliotecas de Jamaica quiso elaborar su código deontológico durante los años 1996-1999 organizó un plan estratégico para renovar la política y la legislación en materia de libertad de expresión y libertad de acceso a la información, ya que en épocas anteriores habían sufrido normativas de prohibición de ciertos materiales.

El derecho a preservar la memoria colectiva y prote­ger la herencia cultural está relacionado igualmente con el acceso a la información y la libertad de ex­presión en el sentido de que fomenta el multilingüis- mo, la difusión de culturas diversas, la conservación y preservación de contenidos. Códigos como el de Corea, Japón, Indonesia son muy respetuosos con este asunto, al igual que países europeos como Suiza o Italia. Los países que nacen como consecuencia de los procesos de independencia llevados a cabo en Europa (Croacia, Ucrania, Lituania) y cuyos códigos fueron elaborados en los años ‘90, hacen un especial énfasis en la protección de las minoría étnicas y una exaltación de los valores culturales, e incorporan pun­tos relativos al acceso a la información para minorías étnicas y desarrollo de las culturas étnicas como valor de la nación.

Si analizamos los códigos deontológicos elaborados en estos dos últimos años, como el código de IFLA, vemos que el concepto de acceso a la información se va ampliando aunque constituye la misión princi­pal de la biblioteca y los bibliotecarios para garanti­zar el desarrollo personal, la educación, la cultura, la actividad económica, y fortalecer la democracia. El código considera comportamientos éticos: rechazar la restricción del acceso a la información y oponerse a la censura, ya sea por los estados, gobiernos, ins­tituciones religiosas o de la sociedad civil; acceso a los servicios y las colecciones gratuitos y en caso de no poder ser, tarificación lo más baja posible; la pro­moción de la colección y los servicios para que los usuarios potenciales sean conscientes de su exis­tencia y disponibilidad; el uso de medios posibles para la accesibilidad de todos y cumplir con las nor­mas de accesibilidad internacionales; proporcionar el mejor acceso justo, rápido, económico y eficaz de la información por parte de los usuarios; apoyo a los principios de acceso libre, código abierto y licencias abiertas. Respecto a la neutralidad, el código dice textualmente: «Los bibliotecarios y otros pro­fesionales están estrictamente comprometidos con la neutralidad y una postura imparcial respecto a la recopilación, el acceso y el servicio». Neutralidad en la formación de la colección más equilibrada y en el acceso a la información lo más equilibrado posi­ble. Se añade, «Distinguen entre sus convicciones personales y las obligaciones profesionales. Ellos no anteponen los intereses privados o creencias perso­nales a expensas de la neutralidad»; «tienen derecho a la libre expresión en el lugar de trabajo siempre que no vulnere el principio de neutralidad hacia los usuarios».

El código de la Asociación Española de Documen­tación e Información (SEDIC) aprobado en 2013, contempla un apartado único para el valor acceso a la información diferenciándolo del de libertad intelec­tual. Este apartado del código incluye: proporcionar acceso a la información lo mejor posible poniendo a disposición de los usuarios la normativas propias que regulan su acceso, uso y difusión para el usua­rio, acceso libre e igualitario, acceso a los colectivos en desventaja, proporcionar información actualizada, plural, fiable, equilibrada y adecuada a las necesida­des de los usuarios; garantizar la transparencia en la selección, acceso y suministro de recursos; fomen­to de las iniciativas de acceso abierto; apoyo a los principios de gobierno abierto (e-governement) para que mediante la transparencia, la participación y la integridad el funcionamiento de las administraciones y los negocios puedan ser escrutados por el público en general; promoción de la alfabetización informacional, cuidado de la integridad de la información y documentación, y no recibir contraprestación por la consulta o acceso a cualquier producto o servicio sal­vo que esté regulado por la organización o se trate de empresas de carácter privado ligadas a la venta de información. Especifica que el límite se encuentra en el marco jurídico.

Por lo que respecta a Italia, el código de la asociación de bibliotecarios Associazione italiana biblioteche (AIB) de 1997, contempla el acceso a la información como parte de los deberes con el usuario: acceso a la información a no ser que lo prohíba una ley, informa­ción completa, objetiva e imparcial, no condicionada por algún punto de vista, no discriminación por raza, sexo, religión, combatir la censura, o guardar la priva­cidad del usuario en las informaciones recogidas y las fuentes utilizadas. En la revisión del código propuesta en 2014, se puntualizan más estos aspectos. Por ejemplo, la información no debe estar condicionada por las opiniones de los bibliotecarios ni por presio­nes externas, no debe controlar o limitar el acceso de información más allá de lo que obliga la ley, o no hacer valoraciones positivas o negativas de los docu­mentos utilizados o puestos al servicio de los usua­rios. Los bibliotecarios pueden aconsejar pero no se debe llegar hasta la consulta especializada en ámbi­tos en los que no son especialistas y deben desarrollar la capacidad crítica y la autonomía en los usuarios ante las fuentes informativas y documentales.

Si bien hemos visto que tradicionalmente el valor del acceso a la información se encontraba unido al de libertad intelectual, en la tipología tradicional de valo­res que han ido construyendo los diferentes autores hasta el momento, el acceso a la información se en­cuentra también como un valor único e independiente de la libertad intelectual. De hecho, Hauptman habla de “acceso a servicios”, Smith de “acceso”, Gorman de “igualdad de acceso”, Froehlich habla de valores relacionados con la recuperación y difusión de la in­formación y une la privacidad con el acceso pero en un trabajo posterior con Rubin lo considera como área singular de componente ético, Koehler y Pemberton lo consideran como un elemento imprescindible en los códigos deontológicos de la profesión.

Shachaf presenta un estudio de los códigos deontológicos de 28 países del mundo. Al establecer un esquema general de los códigos deontológicos de los bibliotecarios por valores, diferencia el valor “li­bre e igual acceso a la información” que consiste en proveer acceso a la información y servicio a todos los usuarios y el valor de la “libertad intelectual” ba­sado fundamentalmente en la libertad de expresión. Por porcentajes de aparición de los valores en la in­troducción de todos los códigos analizados, el va­lor “libertad e igualdad de acceso a la información” aparece en un 21% mientras el de la libertad inte­lectual lo hace en un 28%. En cuanto a la aparición de los valores concretos en el cuerpo de los códigos deontológicos, el valor de acceso lo hace en un 82%, después de la confidencialidad y privacidad (85%), la integridad (89%) y el desarrollo profesional (89%). De acuerdo a las categorías establecidas por Shachaf en función de la profundidad con que el valor es tratado para facilitar la comprensión a los profesionales, el acceso a la información aparece discutido en profun­didad en 14 de los códigos analizados, enfatizado en 6, no discutido en 5 y discutido en detalle en 3, mien­tras que la libertad intelectual aparece no discutido en 16, discutido y enfatizado en 8 y no discutido en detalle en ninguno de los códigos.

Como ya hemos comentado, son muchos los autores que desde los años ‘80 han elaborado clasificacio­nes de valores para nuestra profesión e incorporan el acceso a la información como valor ético (Finks, Kirk y Poston-Anderson, Hauptman, Froehlich, Gorman, Hisle, Symons y Stofle, Branch, Dole y Hurych, Koehler, Yerkey, Horvat, Ridi, Pérez Pulido). Algunos de estos autores han elaborado estudios de valores que nos permiten saber si el valor de acceso a la in­formación está considerado por los profesionales y qué prioridad tiene respecto al resto. El interés por los estudios de valores radica además en conocer esta prioridad de valores en función del conocimiento de las influencias geográfica y socio-económicas de un país, el tipo de institución donde se ejerce la activi­dad, o la diferencia de estatus estudiante-profesional. En este sentido, los primeros estudios de valores que se realizan son los de Yerkey en 1979 y Kirk y Poston-Anderson en 1988 en Estados Unidos para detectar la existencia de diferencias y similitudes en la aceptación de valores entre profesores, alumnos y profesionales. En 1998 Branch realiza una encuesta de valores para bibliotecarios universitarios en Nor­teamérica y llega a la conclusión de que por orden de prioridad se da más valor a la calidad de servicio, la li­bertad intelectual y la preservación de la herencia cul­tural. En ese mismo año 1998, Dole y Hurych realizan un estudio similar para estudiantes y profesionales de las universidades americanas de Illinois y Nueva York y en este caso la prioridad es la calidad de servicio, la libertad intelectual y, mientras para los profesionales el tercer valor es el acceso a la información, para los estudiantes es la preservación de la herencia cultu­ral. En el año 2000 Dole, Hurych y Koehler, abordan este estudio para profesionales de Norteamérica y los países de la Commonwealth, donde aparecen por or­den de prioridad la calidad de servicio, el acceso a la información y la libertad intelectual. Estos mismos autores en 2001 comparan entre profesionales de Norteamérica y Rusia y, mientras para los americanos prevalecía la calidad de servicio sobre el acceso a la información y libertad intelectual, los profesionales rusos concedían más importancia a la preservación, acceso a la información y calidad de servicio. En 2004 en la Universidad de Extremadura realizamos un estudio de valores para profesionales bibliotecarios de Latinoamérica y España. En este caso, el acceso a la información aparece como prioritario para ambos escenarios pero, mientras en España se prioriza la libertad intelectual y la calidad de servicio, en Latino­américa eran la profesionalidad y la privacidad.

El acceso a la información adquiere una nueva di­mensión como consecuencia del uso de las nuevas tecnologías. En este sentido, IFLA ha emprendido una serie de acciones para que la biblioteca esté pre­parada para asegurar los principios fundamentales que hacen respetar el acceso a la información en in­ternet. Se ha adherido a los Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones en 2013, un marco de actuación general para asegurarse el respeto a los derechos humanos en el entorno digital. Se trata de garantizar las leyes, las políticas y las prácticas rela­cionadas con la vigilancia en las comunicaciones res­pecto a los valores éticos de la privacidad y la libertad de expresión, y proteger a las personas de abusos por parte del Estado y de las empresas comerciales respecto a la recopilación y usos de datos personales en las comunicaciones y contenidos digitales y el ac­ceso a éstos por parte del Estado y los proveedores de servicios de comunicación, la garantía de trans­parencia, la vigilancia a largo y corto plazo y contra el acceso ilegítimo a esos datos. De este modo, IFLA publica en 2014 el Manifiesto sobre internet que garantiza la apertura y transparencia en los servicios bibliotecarios y de información. Este documento se basa en los derechos y necesidades de los usuarios, la participación de todos en este medio, la provisión de materiales para todos a través de la red y el acce­so equitativo a la red en las bibliotecas. Las diferen­cias culturales locales, nacionales e internacionales en el acceso a la información son tomadas en cuenta para ofrecer un acceso a la información más amplio, rápido y barato y así posibilitar la mejor selección de información. Contempla también la necesidad de que los bibliotecarios estén capacitados para señalar si­tios favoritos o recomendar a los usuarios ya que los procesos de recuperación de la información son aho­ra más simples pero más complejos que antes por el uso y las formas de uso de internet (banda ancha, wi-fi, bitácoras, blogs, sitios web, wikis, negocios en línea). Políticas de uso y nivel de servicios por la co­nexión a internet, neutralidad de la red y políticas de acceso a la información bajo los principios de acceso público: acceso igualitario como base de la demo­cracia y la paz, responsabilidad de servir a todo el público sin discriminación, ofrecer al usuario la mejor tecnología con conexiones rápidas, personal bien en­trenado, responsable, respetar la privacidad y los de­rechos de autor y propiedad intelectual. IFLA ayuda a los gobiernos para que apoyen el flujo de informa­ción, alienta a la responsabilidad de todos en el uso de internet, establece políticas claras y transparentes para el uso de internet, propicia el trato igualitario y el respeto a las leyes. En caso de conflicto acude a la Declaración de los derechos humanos.

Como ya hemos comentado, IFLA ha estado promo­viendo el acceso a la información en la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en las sesiones de creación de los objetivos de desarrollo sostenible en Nueva York para promover el nuevo marco de desa­rrollo. El Grupo Abierto de Trabajo sobre los objetivos de desarrollo sostenible de la ONU elaboró un documento final con 17 nuevos objetivos e indicadores para este nuevo marco de desarrollo. IFLA consiguió que el acceso a la información fuera uno de estos objetivos.

La Declaración de Lyon (2014) se ha creado para influir positivamente en el contenido de la agenda de desarrollo post-2015 de la ONU y las bibliotecas deben adherirse a ella. Para garantizar el desarrollo sostenible se requiere: reconocer el derecho público a acceder a la información y los datos respetando el derecho a la intimidad de las personas; reconocer el papel de las autoridades locales, intermediarios de la información e infraestructura para TIC e inter­net abierta; adopción de políticas, normas y leyes; desarrollo de indicadores para medir el impacto del acceso a la información y datos para redactar in­formes anuales. Esta Declaración pone en relieve la importancia de nuevos servicios bibliotecarios: infor­mación del gobierno, alfabetización, servicios para niños y TIC.

Llegados a este punto podríamos preguntarnos qué tipo de conflicto ético relacionado con el acceso a la información puede darse en las bibliotecas. Ridi, por ejemplo, se centra en las cuestiones relacionadas con los servicios al preguntarse si se debe responder cualquier tipo de pregunta de referencia, o dónde se encuentra el límite en lo que respecta a responder a preguntas relacionadas con temas de salud o lega­les, ¿hay que poner a disposición del usuario docu­mentos que pongan en peligro su propia vida o la de los otros? ¿debemos poner en conocimiento de los usuarios materiales que pongan en cuestión aspec­tos históricos sobre los que hay consenso? ¿se debe regular el acceso a menores a la red desde la biblio­teca? Vives en un contexto general se pregunta cómo actuar ante la crisis o yo personalmente muestro inte­rés por la relación con proveedores y patrocinadores. Froehlich habla del problema tradicional ético res­pecto al servicio de referencia, es decir, para lograr un servicio competente y exacto pues para algunas preguntas de referencia no hay una respuesta correc­ta o satisfactoria por la excesiva cantidad de tiempo, esfuerzo y costo que requiere. Cuestiones éticas sur­gen también cuando hay una respuesta correcta, y nos preguntamos hasta qué punto se está en lo cierto o no al proporcionar esa respuesta porque se han sobrepasado las demandas razonables del servicio. Las nuevas tecnologías también suponen un desa­fío, porque en su opinión, los procesos técnicos y el proporcionar materiales se ha convertido en algo más complejo. Los usuarios realizan sus búsquedas pero la garantía de éxito es relativa, por eso los biblioteca­rios deben formarse en habilidades y formar al usua­rio, el acceso a los datos de usuarios de préstamo contenidos en bases de datos plantean muchos pro­blemas de privacidad, la catalogación e indización de mala calidad perjudican el acceso correcto a los ma­teriales en bases de datos. Igualmente, ve problemas en la provisión de servicio por internet: los filtros o supervisar el comportamiento de los usuarios según unas prácticas aceptables.

Pero donde Froehlich ve un punto más de comple­jidad es en la evaluación de los recursos en internet para los servicios de referencia y la validación de las fuentes como wikis o bookmarks. Respecto a esto se pregunta:

¿deberían los bibliotecarios entrar en la tarea de la evaluación o preocuparse solo en la mera provisión de fuentes de información? ¿No tienen los bibliote­carios interés respecto a las recomendaciones que hacen y a su garantía de calidad? ¿Cuándo pro­porcionamos materiales de internet a un usuario podemos lavarnos las manos respecto al material proporcionado? ¿Ignoramos la realidad o intenta­mos proporcionar materiales buenos? ¿Son mis creencias personales, de clase social, profesiona­les, regionales o mis peculiaridades de minoría o mayoría lingüística respecto de las que tenemos que discrepar?

Considera peligrosas a las wikis como validación so­cial del conocimiento ya que, por una parte, incorpo­ran ideas particulares sobre un asunto pero al poder escribir sin medida y sin haber alguien que esté al tanto de la validación del conocimiento pueden ser inútiles.

Respecto a la pregunta: ¿un bibliotecario respecto a una referencia obtenida de una wiki debe ser capaz de realizar una evaluación sobre la idoneidad del conteni­do de la misma? el autor encuentra la paradoja de la profesión: un bibliotecario suele ser experto en el tra­bajo de referencia pero no en el contenido sustancial de los materiales. Se puede ser experto en la localización de fuentes pero no para valorar su contenido. Según Froehlich, los blogs, bookmarks compartidos, folksonomias, tagging, etiquetas, YouTube, todos tie­nen problemas como fuente de información, por eso se pregunta si no se debería investigar la credibilidad del recurso periodístico o el recurso en internet igual que se estudia la credibilidad de los sitios web.

 

El dilema de la neutralidad. ¿Cuál debe ser la postura del bibliotecario?

Ya hemos mencionado a lo largo del texto la impor­tancia de algunos principios éticos relacionados con el acceso a la información en la profesión biblioteca­ria y ahora nos resulta interesante preguntarnos por el principio de neutralidad y la imparcialidad como valor del bibliotecario que pertenece a una profesión y forma parte de una organización.

La neutralidad, en general, se considera una actitud o situación de una persona o institución que no se incli­na a favor de ninguna de las partes. No tomar partido, no comprometerse en controversias políticas, racia­les, religiosas o ideológicas. No implica indiferencia, lo que sería contrario a los principios éticos, sino que es una estrategia operativa para poder desempeñar el fin de servicio a la sociedad generando confianza en todos. La neutralidad es el principio rector de la mediación, esencia de mediación como sistema para resolver conflictos con respeto hacia todas las partes. Por imparcialidad se entiende un criterio de justi­cia que sostiene que las decisiones deben tomar­se atendiendo a criterios objetivos sin influencias de sesgos, prejuicios o tratos diferentes por razones in­apropiadas. No significa solamente que todos sean tratados por igual sino que algunas personas puedan ser tratadas de manera diferente por razones objeti­vas y externas.

El ejercicio de un servicio público es neutral. Por la neutralidad la administración impone al empleado público el deber de colaboración con cualquier go­bierno, con independencia de la acción política de éste. Por la objetividad la administración impone al empleado público el deber de actuar según la ley prescindiendo de cualquier tipo de fin o interés subje­tivo. La imparcialidad se identifica con la objetividad y vela por la satisfacción de los intereses generales para proteger la buena apariencia de la administración.

Neutralidad, imparcialidad y objetividad son tres con­ceptos que deben ser analizados en un contexto en el que el principio de justicia y el valor de acceso a la información son importantes.

García Costa analiza el significado de estos tres conceptos desde el punto de vista legal y ético. Su análisis resultado de los diversos autores estu­diados saca a la luz el desacuerdo que existe en su consideración de ser términos sinónimos, que presentan diferentes características, o son utilizados de manera inexacta respecto a su significado. Los ar­gumentos para aquellos que piensan en la similitud entre ellos son:

  1. La objetividad y la imparcialidad son manifestacio­nes del principio de fidelidad de los funcionarios a la constitución que implica la renuncia a toda inter­pretación desde lo subjetivo. La objetividad de la administración es voluntad de ley en tanto al modo de cómo se debe actuar (principio de legalidad) y exige una fidelidad que implica la renuncia a toda interpretación subjetiva y de opinión del que actúa, de ahí, la imparcialidad del funcionario.
  2. La neutralidad o imparcialidad de los funcionarios significa que éstos están obligados en el ejercicio de sus funciones a emitir dictámenes con obje­tividad al margen de sus opiniones personales y especialmente con independencia de su propia ideología política. Álvarez afirma que el principio de neutralidad política de los funcionarios es inhe­rente a los regímenes democráticos y se manifies­ta como uno de los deberes fundamentales de los empleados públicos.
  3. La neutralidad y objetividad de Garrido Falla se entiende como “eficacia indiferente” en el sentido de que un funcionario público debe actuar con efi­cacia tanto si favorece como si perjudica la política del gobierno que está en el poder.

Siguiendo con García Costa, señalamos los argu­mentos a favor de la autonomía conceptual.

La neutralidad es diferente a la objetividad e impar­cialidad. La neutralidad es la disponibilidad de burocracia frente a cualquier opción política que ostente el gobierno, representa una posición de autonomía frente al Gobierno en orden del interés público en contraposición a intereses particulares de partidos y personas, garantiza una actuación independiente solamente regida por criterios técnicos. La objetividad y la imparcialidad exigen que la actividad se desarrolle mediante una exacta ponderación de todos los inte­reses en juego. La imparcialidad, según García Cos­ta, es el deber de cada servidor público de actuar sin otorgar preferencias a las personas que no estén amparadas por una norma concreta dictada por el parlamento o poder ejecutivo.

En el lenguaje administrativo los tres son cualidades de la acción administrativa para que ésta se desa­rrolle de modo que sirva a los intereses generales. A modo de síntesis, según García Costa, la neutra­lidad implica una relación con el Gobierno y supone una actuación independiente del gobierno que esté en ese momento. La objetividad y la imparcialidad implican una relación de la administración con los administrados. La objetividad consiste en aplicar la ley independientemente de la valoración personal y subjetiva de la misma y la imparcialidad supone apli­car la ley obligando a no ponerse a favor o en con­tra para obrar con rectitud. La neutralidad trata de prohibir el carácter político de la Administración. El artículo 103.1 de la Constitución española dice que la Administración Pública sirve con objetividad a los intereses generales. Esto incluye el mantener a los servicios públicos a cubierto de toda colisión entre intereses particulares e intereses generales. Un mecanismo para garantizar la imparcialidad del funcio­nario es el Estatuto del Empleado Público, cuyo art. 52 está dedicado al código de conducta, el art. 53 se refiere a los principios éticos y el art. 54 a los princi­pios de conducta.

Podríamos preguntarnos ahora si en Italia existen es­tas diferencias conceptuales entre los tres términos. La legislación italiana según Monteduro menciona la imparcialidad como principio, pero no lo hace en el caso de la objetividad aludiendo a un principio de “buena evolución”. Este autor dice que la ley de pro­cedimiento italiana (Ley n. 241/1990) no menciona la objetividad aunque existen numerosas identificacio­nes de la misma en la norma. En los principios fun­damentales para la prestación de servicios (d.p.c.m. 27 enero 1994) se menciona el concepto de impar­cialidad, que dice:

los sujetos prestadores de servicios tienen la obligación de inspirar sus comportamientos de cara a los usuarios, en criterios de objetividad, justicia e imparcialidad. En función de dicha obligación se interpreta cada cláusula de las condiciones generales y específicas de prestación de servicio y las normas reguladoras del sector.

La imparcialidad administrativa igualmente aparece en el art. 97 de la Constitución italiana como “prin­cipio de principios”. Según este autor, contempla varias dimensiones: organizativa, funcional, subjeti­va, objetiva, negativa y positiva. Por ejemplo, como parte de la dimensión funcional se incluye la trans­parencia, igualdad de trato, procedimiento justo o motivación en la actividad administrativa. La dimen­sión subjetiva se refiere al conjunto de normas que una persona a modo individual debe tener en cuenta cuando se encuentra vinculado a la administración pública: no estar condicionado por intereses particu­lares, deber de abstención en caso de conflicto de intereses, cánones de integridad personal y de “ética pública” transmitidos en los códigos de comporta­miento de los empleados públicos. Como parte de las dimensiones negativa y positiva, la imparcialidad implica la prohibición de la discriminación o el equi­librio entre intereses de todas las partes ya que la administración debe actuar como parte imparcial en las relaciones con los ciudadanos.

En palabras de Monteduro,

el principio de neutralidad en la normativa italiana im­plica la relación política-administración que se traduce en indiferencia de tercero con respecto a los intereses en juego y funcionalmente equivaldría a un papel de garantía condicional. Bajo el principio de imparcialidad se ve a la administración pública como parte imparcial ya que es portadora del interés público y no en posición arbitraria, neutral e indiferente de un tercero.

De este modo y de acuerdo a las tesis de Monteduro, la autonomía y relación de conceptos que hemos vis­to ya en la normativa española se da igualmente en la normativa italiana.

Podemos decir que históricamente el discurso de la neutralidad del bibliotecario surge en el ámbito an­gloamericano en los años ‘30, con el objetivo de ha­cer científica la biblioteconomía según un modelo ba­sado en la objetividad y neutralidad, y ésta es la idea de la biblioteconomía tecnológica de los años ‘60 que prevalece en las siguientes décadas en el supuesto de que la neutralidad es la única forma de lograr la libertad intelectual.

Ridi estructura diversas posturas en torno a la neu­tralidad del bibliotecario: la de Foskett, de abando­nar cualquier opinión personal en horas de trabajo, la de Ferrieri, una neutralidad activa que consiste en la garantía de terciar y buscar el equilibrio entre las partes, la de Haupmant que antepone los valores de la sociedad a los de la profesión ante una situación de conflicto, y la de Blanke, Gremmles, Lewis y otros que defienden que la neutralidad es utópica y débil en el enfrentamiento de las ideologías dominantes. Este autor defiende que la neutralidad de un bibliote­cario es lo opuesto a una postura aséptica o pasiva ya que para ser objetivo se necesita estar atento a no confundir la orientación personal con la objetivi­dad sustituyendo las opiniones personales por una pluralidad de puntos de vista bien diversificados, y la disponibilidad de aceptar el punto de vista de cada uno para tratar de responder a cualquier pregunta de referencia. Ridi siguiendo a otros autores dice que la biblioteca debe documentar de manera imparcial los diversos puntos de vista desde los cuales un tema puede ser interpretado. No lo considera una posición fácil pero dice que es aquí donde se encuentra verdaderamente el nivel de profesionalidad.

Froehlich insiste en la imparcialidad como valor del bibliotecario en el desarrollo de la colección, al tener la responsabilidad de incluir materiales que satisfa­gan la diversidad de los intereses de la comunidad a la que sirve. Por eso debe recopilar materiales de todo tipo. Aplicando el principio utilitarista recopilará aquellos que aporten satisfacción a la mayor parte de la comunidad, pero aplicando el principio de res­ponsabilidad social incorporará materiales que sirvan a un grupo específico de usuarios, aunque estos materiales sean impopulares. El contexto y las situa­ciones son importantes a la hora de priorizar estos principios éticos.

Civarello mantiene una postura crítica respecto a la neutralidad de la biblioteca y del bibliotecario. Se asocia la neutralidad a unos servicios que proveen sin sesgos, es decir, sean imparciales y objetivos, pero en su opinión, un servicio que no revele preferencias es imposible porque en la práctica no se pueden ofre­cer todos los puntos de vista a causa de las limitacio­nes de las políticas de formación de las colecciones, y por otra parte, el bibliotecario siempre podría de­cantarse según sus gustos personales, de hecho hay autores que así lo aconsejan. Civarello también está en desacuerdo a causa de que no hay neutralidad en las políticas internas de la biblioteca, pues el he­cho de redactar una política ya deja otras de lado y esto implica un toma de posición que suele reflejar las obligaciones a las que está sujeta la institución. Por otra parte, se priorizan necesidades de determinados usuarios por encima de las de los demás y no se da cabida a la diversidad informativa al relegar materiales alternativos o referentes de ciertos temas.

Samek, por su parte, habla de un “territorio neu­tral” que pertenece a todos y al que se puede acudir para beneficiarse de sus servicios. La neutralidad de la biblioteca se encuentra en la necesidad de que la biblioteca no pertenezca a nadie en particular sino a todos en general. Sin embargo, la neutralidad de los bibliotecarios es esgrimida por ciertos sectores de bibliotecarios para evitar tomar parte en conflictos que afecten a su comunidad, ocultar su indiferencia, su falta de compromiso o su temor a tomar partido.

En opinión de Vives en España existe una con­fusión entre lo que es política y las legítimas op­ciones políticas o de la excesiva partidización de la vida pública. Unos bibliotecarios de diferentes tendencias políticas deberían coincidir en una serie de valores básicos como pertenencia a un colectivo profesional. Añade,

las opiniones políticas de un bibliotecario deben quedar al margen como profesional que pertenece a un colectivo, pero el resultado no puede ser una ética profesional de menor calado social que las éti­cas individuales, es decir, no se debe escurrir el bul­to bajo el escudo de la neutralidad, es incompatible ser bibliotecario y cerrar los ojos ante la censura.

Civarello asocia neutralidad con pasividad. Insis­te en que el bibliotecario, al no considerar su labor como algo político o en lo que haya un posicionamiento ideológico o personal, no comparte algunas de sus características como la responsabilidad social y el compromiso con la justicia y los derechos humanos. Según este autor, Iverson, se lamenta de los bibliotecarios que rechazan la naturaleza política de su trabajo, buscan papeles destacados en la so­ciedad de la información y aceptan acríticamente los ideales de profesionalización que han adoptado los principios de objetividad y neutralidad.

Robert Jensen, citada por el propio Civarello dice que no tomar posicionamiento es tomar partido y acogerse al paradigma de lo hegemónico. Defiende el movimiento llamado de “biblioteconomía crítica” o “biblioteconomía progresista” en la defensa de un tra­bajo bibliotecario más humanístico y menos técnico-gerencial. Los bibliotecarios progresistas proponen la parcialidad, la adopción de una postura determinada, el compromiso con una opinión y una perspectiva, y abandonar los aspectos técnicos de la profesión para concentrarse en la biblioteconomía como fenómeno social. En el análisis crítico de los vínculos de una uni­dad de información y la sociedad buscan el bienestar de la sociedad y de su comunidad de usuarios, sobre todo en zonas marginadas.

López López ve la neutralidad como una estrategia de gobiernos neoliberales, introducida a nivel global bajo la apariencia de realidad objetiva. Esto supone la aceptación acrítica de la ideología dominante, una postura ideológica y política en cualquier caso unida a posiciones tecnocráticas y que se encuentra más en instituciones que en movimientos sociales. En su opinión, la biblioteconomía defiende un enfoque técnico-gerencial (tecnocrático) y se presenta como neutral y en consecuencia alejada del compromiso social, lo que da lugar a desigualdades e injusticias. Para él, la neutralidad es no tener ideología y no lu­char por el compromiso social. López dice que la bi­blioteca pública es una institución esencial para la democracia, vincularla exclusivamente a labores y procesos técnicos supone empobrecer su función. La promoción de los valores democráticos solo se puede hacer desde una postura de activismo social, imposible desde la neutralidad que proclaman algu­nos profesionales.

Consideraciones finales

Las consideraciones finales de este texto me llevan a pensar precisamente en las palabras finales de otro texto de Froehlich:

Nadie dijo que aplicar la ética o más bien ser ético fuera fácil y debido a nuestro papel dentro de la sociedad global de la información el número y la di­versidad de consideraciones a tener en cuenta a la hora de tomar decisiones éticas seguirán creciendo y pondrán a prueba nuestro reducido conocimiento.

Los valores profesionales evolucionan debido a la propia evolución de la sociedad como hemos podido observar en el valor objeto de nuestro estudio, el ac­ceso a la información, y hoy se contempla de manera distinta a cuando aparecieron los primeros códigos deontológicos basándose fundamentalmente en el valor de la libertad intelectual. Hoy la sostenibilidad y la transparencia, por ejemplo, aparecen como nuevas extensiones que sustentan el valor histórico y tradi­cional del acceso a la información.

Sin embargo, el dilema de la neutralidad continúa vi­gente desde que se incorporó en los primeros códigos deontológicos como principio ético. Todos los códigos lo dicen, todos hacen referencia a ello pero, como acabamos de comprobar, no existe una res­puesta única. La neutralidad como principio, al igual que la imparcialidad como valor, son conceptos rec­tores de la manera de proceder cuando se trabaja en bibliotecas como servicios públicos.

A la pregunta de si un bibliotecario debiera ser neutral en el ejercicio de su profesión, responde­ría que debe serlo en cuanto hace lo que debe ha­cer, es decir, obrar con autonomía respecto a los presupuestos ideológicos del gobierno que en ese momento está en el poder, porque el principio de neutralidad (neutralidad activa) significa que, inde­pendientemente de la adhesión a ese poder o no, se sigue gestionando correctamente, y esto unido a la autonomía, igualmente como principio ético, po­sibilita ejercer atendiendo a las características téc­nicas de la profesión, a la misión de la institución, a las normas legales y a los códigos deontológicos propios de la profesión, siendo imparciales en la ac­ción que presupone atender todos los puntos de vista y a todos en igualdad de condiciones en un compromiso de responsabilidad con los usuarios y la comunidad.

A modo de ejemplo, los bibliotecarios de Francia, Navarra o Véneto se debieron oponer a la censura y al límite de acceso a la información impuestos por los que ostentaban el poder como profesionales que contaban con unas normas técnicas, legales y éticas que les indicaban un proceder distinto a los planteamientos de los protagonistas del abuso de poder y que finalmente solucionaron apelando a los principios de neutralidad, imparcialidad y ob­jetividad.

Y si nos preguntáramos si los bibliotecarios hacen política cuando se oponen a la censura y al límite de acceso a la información en sus instituciones, diría que no necesariamente, sino simplemente estarían cumpliendo con su obligación como empleados pú­blicos desde el punto de vista legal, ético y con su profesión, al estar comprometidos con los valores y principios que definen su identidad profesional, por tanto, no parece necesario identificar política con ac­ción profesional o compromiso social con activismo fuera del marco del asociacionismo, por ejemplo. La biblioteca supone un compromiso social gran­de y eso no se pone en duda para los biblioteca­rios actuando de esta manera porque así estamos cumpliendo con la misión de la biblioteca y contri­buyendo a la forja del carácter, como decía Adela Cortina, como miembros de una profesión y de una organización.